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TODOS LOS PRECIOS PUBLICADOS EN ESTE SITIO WEB SON DE CARÁCTER REFERENCIAL E INFORMATIVO. NINGUNO DE LOS PRECIOS QUE SE PUBLICAN SON DE CARACTER FINAL O DEFINITIVO EN TANTO EL CLIENTE NO SOLICITE UNA COTIZACION FORMAL MISMA QUE SE ELABORA Y ENTREGA DE ACUERDO A SUS PROPIOS INTERESES, REQUERIMIENTOS Y PRESUPUESTO. Los precios son referenciales e informativos dado que se sujetan a requerimientos específicos del cliente como son entre otros, sin ser limitativos: clase de vuelos; categoría de hoteles; clase de ocupación sencilla, doble triple, etc edades de los clientes; condiciones especiales que ameriten contratación de servicios especiales o particulares; temporalidad en la que se viaja y otro sin número de condiciones, características y particularidades que le son muy propias de cada uno de nuestros clientes. Toda cotización se elabora en base a estas condiciones y una vez que el cliente cuenta con ella es de nuestra la responsabilidad y obligación de dar cabal cumplimiento al precio y a los servicios que se contratan. Toda cotización se sujeta a su debido contrato, mismo que se anexa a la cotización misma. Toda la información de la cotización en su conjunto determina la libre decisión por parte de el cliente para contratar en dichos términos. Toda la información que se entrega al cliente cumple y se sujeta invariablemente a la normatividad vigente como son entre otras Ley Federal del Consumidor, Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001 Del mismo modo, las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro de la República Mexicana para ser cumplidas en esta se deben solventar en Moneda Nacional al tipo de cambio que rija al momento de efectuarse el pago, o en la moneda extranjera a elección de ambas partes, lo anterior con fundamento en los apartados 5.1.3 y 6.2.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001. Toda la información referente a las formas de contratación, uso y manejo de precios en moneda extranjera, forman parte de nuestro contrato de adhesión en términos y aplicación de la normatividad vigente. Para todos los casos el contrato de adhesión forma parte integral de toda cotización y en general de las documentales de viaje que reciben los usuarios-turistas. TRAVELS MAYAM BY FRAVEO. MEGA TRAVEL.

PUBLICACIÓN DE PRECIOS EN MONEDA EXTRANJERA Cuando se trate de excursiones, servicios o paquetes de viaje que tengan destino en el extranjero, dada su naturaleza por ser servicios que se harán uso, goce o disfrute de ellos fuera de México, las publicaciones, los precios de las cotizaciones, confirmaciones, precios totales se presentarán en moneda extranjera, haciendo mención de que el precio de venta será el resultado de la conversión de la moneda extranjera a moneda nacional y podrán ser pagados en Pesos MXN (Moneda Nacional) al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se haga el pago único o bien en cada una de las fechas en que se realicen pagos parciales. Este tipo de cambio se determinará conforme a las disposiciones que para esos efectos expida el Banco de México en los términos de su Ley Orgánica y conforme a lo dispuesto en el Artículo 8º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos referente a las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro o fuera de la República para ser cumplidas en esta, que se solventarán entregando el equivalente en moneda nacional, sirviendo para todos los efectos consiguientes de anticipos, liquidación, incluso reembolsos, bonificaciones, compensaciones, penalizaciones o cancelaciones. Del mismo modo, las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro de la República Mexicana para ser cumplidas en esta se deben solventar en Moneda Nacional al tipo de cambio que rija al momento de efectuarse el pago, o en la moneda extranjera a elección de ambas partes, lo anterior con fundamento en los apartados 5.1.3 y 6.2.4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001. Toda la información referente a las formas de contratación, uso y manejo de precios en moneda extranjera, forman parte de nuestro contrato de adhesión en términos y aplicación de la Ley Federal de Protección al Consumidor, a la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos y a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-TUR-2001. Dicho contrato de adhesión forma parte integral de toda cotización y en general de las documentales de viaje que reciben los usuarios-turistas. LOS BOLETOS DE AVIÓN UNA VEZ EMITIDOS SON NO ENDOSABLES, NO REEMBOLSABLES, Por otra parte, y de ser así el caso, se le informará a EL CLIENTE de los medios electrónicos y digitales existentes donde puede ser consultado el contrato de adhesión que rige los servicios materia de este contrato.TERCERA.-Ambas partes convienen en que el pago de anticipos o liquidación del importe de los servicios objeto de este contrato por parte de EL CLIENTE, así como el uso del contrato mismo, cupones, boletos, cortesías, o cualquier otro documento expedido en su favor con motivo del mismo, implica de su parte la aceptación total del contrato, así como de las condiciones generales de contratación del mismo.DÉCIMA TERCERA.-EL CLIENTE se compromete a adherirse, apegarse y a respetar los reglamentos y condiciones de servicio establecidas por cada uno de los prestadores de servicios contratados por intermediación de LA OPERADORA, enunciativamente y no de forma limitada como lo son;servicios aéreos, terrestres o'marítimos, hoteles, visitas, guías, tickets o boletos de entrada a eventos de carácter públicos o privados, sociales, deportivos, musicales, culturales, etc. autos de alquiler,restaurantes, cruceros, por lo que LA OPERADORA debe hacer del conocimiento de EL CLIENTE las que sean más importantes y en consecuencia declina cualquier responsabilidad que pudiera derivar por su incumplimiento.DÉCIMA OCTAVA.-EL CLIENTE deberá por medio propios y con sobrada anticipación proveerse de los pasaportes o documentos de migración requeridos por las autoridades de los EstadosUnidos Mexicanos, y de los países de destino o de tránsito incluidos en su itinerario de viaje o bien de su paquete de servicios contratados,tales como identificaciones oficiales, visas, vacunas, permisos sanitarios, etc. tanto para viajes nacionales, internacionales o domésticos en el extranjero. EL CLIENTE deberá cumplir con una vigencia mínima en su pasaporte de al menos siete meses al momento de iniciar los servicios que incluyen EL PAQUETE.DÉCIMA NOVENA.-De ninguna manera se considerará causa justificada de cancelación para solicitar devolución, sustitución, compensación o reembolso alguno de manera parcial o total por el incumplimiento por parte de EL CLIENTE de los trámites y documentos necesarios para viajar de manera interna o fuera del territorio de los Estados Unidos Mexicanos así como para poder ingresar a los países de tránsito o destino final incluidos en su itinerario de viaje.TRIGÉSIMA SEGUNDA.- Una Vez que LA OPERADORA recibe por parte deL CLIENTE el anticipo mínimo, los anticipos parciales o bien la liquidación total de los servicios contratados, LA OPERADORA cuenta con la autorización inmediata de EL CLIENTE para reservar toda clase de servicios terrestres o marítimos, así también para reservar, emitir, expedir o adquirir los boletos aéreos a su nombre, apegándose y aceptando las políticas de cancelación, expedición, emisión y venta de boletos de las compañías aéreas nacionales e internacionales, las políticas de cancelación, expedición, emisión y venta de boletos aéreos de empresas intermediarias con este objeto, las políticas de cancelación, expedición, emisión y venta de boletos aéreos de IATA International y a las cláusulas de cancelación expresadas en este contrato. EL CLIENTE tiene conocimiento pleno y absoluto de que cualquier boleto aéreo ya adquirido, expedido o emitido por LA OPERADORA no es reembolsable en parte así tampoco en la totalidad de su costo bajo ningún caso o circunstancia.TRIGÉSIMA CUARTA.-Los anticipos mínimos por pasajero, pagos parciales y pagos totales de los servicios contratados en el paquete de viaje, se regirán por las condiciones siguientes: 1. Si se contrata con 51 días (cincuenta y un días) o más de anticipación a la fecha de salida: 1.1.Anticipo mínimo por pasajero de USD 500(Quinientos Dólares Americanos) 1.2. Un segundo anticipo por pasajero de USD 1,000 (Un Mil Dólares Americanos) debiendo ser pagados en firme hasta con 50 días(cincuenta días) anteriores a la fecha de salida. 1.3. El pago total de los servicios contratados deberá ser pagado en firme hasta con 30 días (treinta días) anteriores a la fecha de salida. 2. Si se contrata entre 50 días (cincuenta días) y 31 días (treinta y un días) de anticipación a la fecha de salida: 2.1. Anticipo mínimo por pasajero de USD1,500 (Un Mil Quinientos Dólares Americanos)2.2.El pago total de los servicios contratados deberá ser pagado en firme hasta con 30 días (treinta días) anteriores a la fecha de salida. 3. Si se contrata con 30 días (treinta días) o menos de anticipación a la fecha de salida: 3.1. No aplica anticipo alguno y para tal efecto se requiere el pago total en firme y en una sola exhibición de los servicios cotizados quedando siempre y en todo momento la confirmación de los servicios contratados sujeta a disponibilidad.TRIGÉSIMA QUINTA.-En caso de no cumplirse los pagos en los tiempos establecidos para anticipos mínimos, anticipos parciales o liquidación total de los servicios contratados, LA OPERADORA procederáa la cancelacióntotalde losservicioscontratadoscon responsabilidad imputable aEL CLIENTE, quedando excluida LA OPERADORA de cualquier tipo de responsabilidades debido alincumplimiento de pagopor parte de EL CLIENTE. Los pagos recibidos a la fecha de incumplimiento no serán reembolsables y se aplicarán en su totalidad para cubrir los costos operativos y de cancelación de los servicios contratados.TRIGÉSIMA SEXTA.-En el caso concreto de paquetes de viaje o de los servicios que lo integran, tanto nacionales como internacionales, EL CLIENTE podrá solicitar lacancelación de los servicios contratados haciéndolo saber única y estrictamente por escrito a LA OPERADORA misma que dará contestación en un lapso no mayor a 72horas de su recepción comprobable y a falta de respuesta se entenderá que la cancelación ha sido aceptada por LA OPERADORA admitiendo EL CLIENTE los cargos de cancelación establecidos a continuación: a) Si se efectúa hasta con un mínimo de 90 días(noventa días)antes de la fecha de salida, NO aplica cargos de cancelación. b)Si se efectúa de 89 a 51 días (ochenta y nueve a cincuenta y un días) antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación de USD 500 (Quinientos Dólares AmericanosUSD) por pasajero. c) Si se efectúa de 50 a 31 días (cincuenta a treinta y un días)antes de la fecha de salida, un cargo por cancelación de USD 1,500 (Un Mil QuinientosDólares Americanos USD) por pasajero. d) Si se efectúa dentro de los 30 días (treinta días) anteriores a la fecha de salida,incluso el mismo día de la salida, un cargo porcancelación del 100% (cien por ciento) del costo total de los servicios contratados por pasajero. e) Cualquier solicitud de cancelación realizada una vez iniciados losservicios contratados y en cualquier momento de su inicio, desarrollo o fin, aplicaráun cargo por cancelación del 100% del costo total de los servicios contratados porpasajero.QUINCUAGÉSIMA.-Para el caso de que EL CLIENTE contrate los servicios de Mega Travel Operadora, S.A. de C.V. por cuenta de diversa Agencia Minorista de Viajes,fungiendo esta última como intermediaria, ya sea en el interior de la República Mexicana o en el área Metropolitana de la Ciudad de México, la Agencia Minorista de Viajes Intermediaria se adhiere al presente contrato en todas y cada una de sus cláusulas por lo que de manera automática se obliga de hacer saber y comunicar por escrito a sus clientes, pasajeros o usuarios-turistas acerca de las condiciones de contratación y de todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente Contrato de Adhesión.Del mismo modo, la Agencia Minorista de Viajes intermediaria debe hacerle saber a sus clientes, pasajeros o usuarios-turistas que ellos se adhieren y someten invariablemente a este mismo contrato de adhesión y a las políticas de reservación y cancelación de los prestadores finales de los servicios.QUINCUAGÉSIMA CUARTA.-Las partes contratantes manifiestan que conocen los alcances del presente contrato de adhesión cuyas cláusulas son la expresión fiel de su voluntad y se someten para el caso de incumplimiento o interpretación a la competencia de la PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR en la vía administrativa,como instancia conciliatoria, para resolver las diferencias que pudieran suscitarse y en caso de subsistir las mismas, se someterán a la competencia de las Leyes y Tribunales de la Ciudad de México, Distrito Federal, independientemente del fuero que por razón de sus domicilios presentes o'futuros pudiera corresponderles. 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